El Constitucional avala la Ley Mordaza y, con ella, las devoluciones en caliente

El Tribunal no ve contrario a la Constitución la disposición que permite la devolución sumaria de migrantes en las fronteras de Ceuta y Melilla.

valla fronteriza
photo_camera Valla fronteriza de Ceuta (C.A.)

El pleno del Tribunal Constitucional ha avalado la constitucionalidad de la Ley de Protección de la Seguridad Ciudadana, conocida como “Ley Mordaza”, y con ella la figura del “rechazo en frontera”, lo que en la terminología de las organizaciones defensoras de los derechos humanos se conoce como “devoluciones en caliente”.

El Constitucional considera que la devolución de los extranjeros en las vallas de Ceuta y Melilla no entra en contradicción con la doctrina del Tribunal Europeo de los Derechos Humanos. Así, considera que la devolución en caliente será constitucional “sin perjuicio del control judicial que proceda realizarse en virtud de las acciones y recursos que interponga, en cada caso concreto, la persona extranjera".

En su resolución el Constitucional precisa que, en todo caso, las fuerzas de seguridad estarán obligadas a prestar especial atención a quienes sean especialmente vulnerables, como es el caso de menores, embarazadas o personas de avanzada edad.

La Ley Mordaza modificaba la Ley de Extranjería para permitir las devoluciones sumarias en las fronteras de las dos ciudades autónomas.

Con esta decisión el Constitucional avala la legalidad de la controvertida ley promovida bajo el Gobierno de Mariano Rajoy, excepción hecha de lo concerniente a la mención de la prohibición de grabaciones "no autorizadas" a las fuerzas y cuerpos de seguridad del Estado recogida en el artículo 36.23 , donde se prevé como infracción grave el uso sin consentimiento policial de imágenes o datos personales o profesionales de las autoridades o de agentes de la autoridad.