Los funcionarios deberán esperar hasta febrero para cobrar el 25% de la paga extra de 2012

Los funcionarios deberán esperar un mes más para recibir la parte proporcional de la paga extraordinaria eliminada en 2012, unos 230 euros de media

Los funcionarios recuperarán en la nómina del mes de febrero el 25% de la paga extraordinaria que les fue suspendida en diciembre de 2012. Según ha explicado a Ceuta Actualidad el responsable del ramo de UGT, Francisco Lobato, “se trata de cobrar los 44 días trabajados antes de que saliera la resolución por la que se eliminaba la paga extra del 14 de julio de 2012. No te pueden quitar algo trabajado y así lo demostraban las sentencias ganadas en los tribunales. Por lo menos, que se puedan recuperar esos 44 días cotizados”. Una resolución publicada a primeros de año en el Boletín Oficial del Estado (BOE) hace efectivo una decisión que ya se anunció en los Presupuestos Generales del Estado para este Ejercicio. 

Estos reingresos aparecerán en la nómina de febrero con el concepto Recuperación de la paga extraordinaria y adicional del mes de diciembre de 2012. El Gobierno estima que el coste de esta devolución ascenderá hasta los 230,8 millones de euros, que equivaldrá al 0,5% del gasto en personal de la Administración Central para este año.

Casos especiales

La resolución contempla varios casos especiales. Entre ellos, podrán percibir la evolución aquellas personas que ya no se encuentren en situación de servicio activo, bien por jubilación o bien por haber perdido la condición de empleado público. Las cantidades le serán abonadas por el ministerio, organismo o entidad al que hubiera correspondido abonar la paga extraordinaria en el momento de la supresión.

En el supuesto de organismos extinguidos con posterioridad a 2012 deberá efectuar la devolución la entidad u organismo que hubiera sucedido al organismo extinguido. En el caso de un cambio de destino las cantidades le serán abonadas por el ministerio, organismo o entidad en la que se encuentre prestando servicios a fecha 1 de enero de 2015. El BOE también confirma que en el caso de que el personal funcionario de que se trate hubiera fallecido a la entrada en vigor de la Leysus herederos podrán solicitar el cobro de las cantidades a percibir.

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