SEO/BirdLife solicita al Gobierno una transposición ambiciosa y urgente de la Directiva Europea sobre delitos ambientales

A apenas un mes de la finalización del plazo dado por la Unión Europea para transponer la Directiva Penal Ambiental, la organización reclama al Ministerio de Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes una reforma adecuada del Código Penal español para evitar la impunidad de los delitos ambientales más graves

Vista panorámica de Ceuta desde García Aldave / S,I.
photo_camera Vista panorámica de Ceuta desde García Aldave / S,I.

SEO/BirdLife ha solicitado formalmente al Gobierno información sobre el estado de los trabajos de transposición de la Directiva (UE) 2024/1203 relativa a la protección del medio ambiente mediante el Derecho penal, cuyo plazo límite expira el próximo 21 de mayo de 2026.

A menos de un mes para que finalice el plazo fijado por la UE, la ONG insta a que la transposición responda a la gravedad y complejidad actual de la criminalidad ambiental. En una carta remitida al ministro de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes del Gobierno de España, la organización conservacionista recuerda que esta Directiva supone un hito histórico en la consolidación de un Derecho penal ambiental europeo, al reconocer que los delitos contra el medio ambiente son una de las formas de delincuencia más lucrativas, transnacionales y menos perseguidas, con impactos devastadores sobre la biodiversidad, la salud pública y el clima.

Una reforma penal imprescindible

SEO/BirdLife ha elaborado un análisis técnico y jurídico exhaustivo sobre la adaptación de la normativa española a la Directiva, que concluye que la transposición exige una reforma adecuada del Código Penal. En particular, la organización subraya la necesidad de revisar y completar el catálogo de delitos ambientales, asegurando que el conjunto de conductas previstas en el artículo 3 de la Directiva quede correctamente integrado en el ordenamiento jurídico. Aunque algunas de estas conductas ya aparecen tipificadas de forma dispersa o parcial en la legislación penal, otras siguen sin contar con una tipificación ambiental específica, como la explotación, cierre o gestión de instalaciones industriales peligrosas incumpliendo la normativa sobre emisiones industriales o prevención de accidentes graves; el reciclado ilegal de buques; la extracción ilegal de aguas superficiales o subterráneas con afección grave a los ecosistemas; el uso, comercialización o eliminación ilícita de mercurio, gases fluorados u otras sustancias reguladas por la legislación europea o la introducción en el mercado de materias primas o productos asociados a la deforestación.

Además, es necesario revisar el sistema de penas para garantizar reacciones verdaderamente efectivas, proporcionadas y disuasorias, conforme a los estándares europeos, e integrar de forma autónoma la imprudencia grave en los tipos penales ambientales, evitando que daños ambientales catastróficos queden diluidos por rebajas automáticas de pena. Igualmente, desde la ONG ven imprescindible desarrollar de manera específica la responsabilidad penal de las personas jurídicas en materia ambiental, reforzando la rendición de cuentas de empresas y grandes operadores económicos.

“La criminalidad ambiental no es anecdótica ni marginal, es en muchas ocasiones organizada, lucrativa y sistemática. Sin una respuesta penal robusta, el daño ecológico queda normalizado, la impunidad se perpetúa y el coste lo asume injustamente el conjunto de la sociedad. Esta realidad afecta de forma directa al ejercicio efectivo del derecho humano a un medio ambiente limpio, sano y sostenible, ya que los delitos ambientales comprometen la biodiversidad, la salud pública y los servicios ecosistémicos de los que depende el bienestar de las personas. Por ello, una transposición ambiciosa de la Directiva Penal Ambiental resulta esencial para transformar ese reconocimiento en garantías reales, dotando al ordenamiento jurídico de instrumentos capaces de prevenir, sancionar y reparar los daños ambientales más graves”, señala SEO/BirdLife.

Evitar la impunidad transnacional

Uno de los elementos más relevantes del análisis presentado por SEO/BirdLife es la necesidad de reformar el artículo 23.4 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, para ampliar la jurisdicción penal internacional de los tribunales españoles frente a los delitos ambientales más graves.

La actual exclusión del medio ambiente del ámbito de la justicia universal genera escenarios de impunidad ligados a la deslocalización de actividades potencialmente destructivas, especialmente cuando las decisiones empresariales se toman desde España, pero los daños se producen en terceros países con estándares de protección más laxos.

La Directiva europea introduce, además, una categoría de delitos cualificados para conductas dolosas que causan daños extensos, duraderos o irreversibles, un concepto que se aproxima claramente a la noción de ecocidio. Para SEO/BirdLife, este reconocimiento refuerza la urgencia de dotar al sistema jurídico español de herramientas jurisdiccionales acordes con la gravedad global del bien jurídico protegido.

Oferta de colaboración y experiencia técnica

SEO/BirdLife recuerda su larga trayectoria de colaboración con fiscalías especializadas, cuerpos policiales y órganos judiciales, así como su experiencia en la documentación y litigación de delitos ambientales. La organización considera que este conocimiento puede resultar clave para una transposición técnicamente sólida, ambiciosa y operativa.

Por ello, ofrece al gobierno su ayuda en un proceso legislativo que considera de “especial trascendencia democrática, jurídica y ambiental”.

“España tiene la oportunidad y la obligación de situarse a la vanguardia de la protección del medio ambiente en Europa. Perderla supondría enviar un mensaje de tolerancia frente a la destrucción de la naturaleza”, concluye la organización.

Impacto de los delitos contra el medio ambiente en la fauna silvestre

Los delitos ambientales tienen un impacto directo y especialmente grave sobre la fauna silvestre, y en particular sobre las aves, al tratarse de infracciones que suelen estar vinculadas a prácticas sistemáticas de captura, tráfico ilegal, envenenamiento o destrucción de hábitats.